La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que es inconstitucional exigir mayoría de edad para que una persona pueda modificar su identidad de género en su acta de nacimiento en el estado de Guerrero.
Con esta decisión, el máximo tribunal reconoció que las infancias y adolescencias trans e intersex también tienen derecho a la identidad y al libre desarrollo de la personalidad.
La resolución se dio al analizar una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Reconocimiento de derechos
Durante la discusión del caso, los ministros señalaron que excluir completamente a menores de edad de este procedimiento puede constituir una forma de discriminación.
Asimismo, recordaron que el derecho a la identidad forma parte de los derechos humanos fundamentales reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales.
Congreso deberá modificar la ley
Como parte del fallo, la Suprema Corte ordenó al Congreso de Guerrero elaborar un nuevo procedimiento que permita a niñas, niños y adolescentes trans solicitar la rectificación de su identidad de género en documentos oficiales.
El proceso deberá garantizar el respeto a los derechos de las personas menores de edad y cumplir con criterios de confidencialidad y accesibilidad.
El Poder Legislativo estatal tendrá hasta 12 meses para realizar los cambios necesarios en la legislación.










